Segundo pago del IRPF de 2025
El 5 de noviembre finaliza el plazo para pagar el 40% pendiente.
Cuando el resultado de la declaración del IRPF resulta a ingresar, los contribuyentes pueden acogerse al fraccionamiento que ofrece Hacienda en estos casos. De esta forma, es posible hacer efectivo un 60% de la cuota a ingresar dentro del plazo legal de declaración y satisfacer el 40% restante más adelante. Este fraccionamiento puede realizarse sin tener que abonar intereses de demora ni recargos, y tampoco deben aportarse garantías.
Pues bien, si al presentar su declaración del IRPF de 2025 optó por dicho fraccionamiento, recuerde que el próximo 5 de noviembre de 2026 expira el plazo para satisfacer el 40% pendiente. A estos efectos:
- Si optó por domiciliar el pago, bastará con asegurarse de que el 5 de noviembre haya saldo suficiente en su cuenta bancaria para poder afrontar el pago ese día (Hacienda lo cargará en su cuenta en esa fecha).
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Si no optó por la domiciliación, podrá hacer efectivo este segundo pago por vía electrónica o directamente en cualquier entidad financiera hasta el 5 de noviembre. Para ello, utilice el modelo 102.
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