Se ha publicado la Orden Ministerial que regula el régimen de módulos.
Recientemente se ha publicado la Orden Ministrarial que regula el régimen de módulos. Este año, por aplicar dicho régimen, podrá reducir el rendimiento neto de su actividad en los siguientes porcentajes:
En general, en un 5% de dicho rendimiento neto.
En un 25% para aquellas actividades desarrolladas en los términos municipales afectados por la DANA que tuvo lugar entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.
Aunque su actividad cumpla los requisitos para seguir en módulos, si prevé una reducción de ingresos a partir de 2025, es posible que le salga a cuenta renunciar a ellos. Si desea renunciar, puede presentar una declaración censal hasta el próximo 31 de enero de 2025 o bien ejercitar una renuncia tácita presentando la primera declaración trimestral de IVA de 2025 según el régimen general y el primer pago fraccionado de IRPF de 2025 según el régimen de estimación directa.
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